Tal y como se contemplan en los artículos 16 y 17 del Capítulo II: Institucionalidad de la Gestión Integral de Riesgos Socionaturales y Tecnológicos de la Ley G.I.R.S.T. (2009). De acuerdo a lo planteado en el Art. 16 de esta ley, en cada municipio deberá funcionar un Gabinete Municipal de G.I.R.S.T, adscrito a su respectivo Consejo Local de Planificación Pública, con el objeto de dar cumplimiento a las políticas nacional y estadal en la materia y ejecutar las actividades a ella vinculada, en su ámbito territorial. El Alcalde designará la instancia ejecutora de las decisiones de dicho Gabinete.
Esto implica un compromiso por parte de los compromisos para gestionar los riesgos y promover la cultura preventiva desde su localidad.
Caritas de Venezuela al realizar los convenios de cooperación con las Alcaldías busca animar a los representantes municipales a que incorporen la variable riesgo en sus planes municipales, esto a través de seis (6) líneas estratégicas como son: Institucionalización, Transversalización, Instrumentación, Preparación, Planificación y Revisión.
Este convenio se firmó el pasado viernes 27 de Noviembre y se espera poder fortalecer este municipio a través del cumplimiento del Plan trazado según cada línea estratégica planteada.
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